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ING. IGNACIO GUERRERO ZUÑIGA. Docente del Centro de Bachillerato Tecnológico industrial y de servicios No. 70 (CBTis 70) de la ciudad de Tuxpan, Jalisco. Profesor en asignaturas correspondientes a las areas de: Matemáticas, Electricidad, Computación, Tecnología Sociedad y Valores. Egresado del Instituto Tecnológico de Cd. Guzmán, Jalisco. México, en la especialidad de Ingeniería Industrial Eléctrica. Generación 1978-1983. Breve Historial. Jefe de la oficina de Evaluación e Informática. Jefe de la oficina de Tronco común y especialidades. Jefe de la oficina de control escolar. Jefe del Departamento de Servicios Escolares. Secretario General de la Delegación D-II-127. Actualmente: DOCENTE.
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Disposiciones Legales. Trabajadores de confianza.De una vez por todas dejaré claro quienes son los trabajadores de confianza (o empleados de confianza) en las escuelas de la DGETI (y semejantes) para efectos de “voz y voto” en las asambleas SINDICALES y demás. Todo esto se deriva de la segunda pregunta que le hiciera al Presidente del Presidium (mesa de debates) para elegir Delegado al Congreso Seccional mencionado en el post anterior. 2. ¿Pueden tener voz y voto en una asamblea los trabajadores o empleados de confianza? Primero determinemos: ¿que parte del personal de una escuela están catalogados como trabajadores de confianza?
Revisemos primeramente la Ley Federal de Trabajadores al Servicio del Estado. Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. Artículo 5. Son trabajadores de confianza: Fracción II. En el Poder Ejecutivo, los de las dependencias y los de las entidades comprendidas dentro del régimen del apartado B del artículo 123 Constitucional, que desempeñan funciones que conforme a los catálogos a que alude el artículo 20 de esta Ley sean de: a). Dirección, como consecuencia del ejercicio de sus atribuciones legales, que de manera permanente y general le confieren la representatividad e implican poder de decisión en el ejercicio del mando a nivel directores generales, directores de área, adjuntos, subdirectores y jefes de departamento. … Además: Ley Federal del Trabajo. Artículo 9. La categoría de trabajador de confianza depende de la naturaleza de las funciones desempeñadas y no de la designación que se de al puesto. Son funciones de confianza las de dirección, inspección, vigilancia y fiscalización, cuando tengan carácter general, y las que se relacionen con trabajos personales del patrón dentro de la empresa o establecimiento. Por ello: Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. Artículo 70. Los trabajadores de confianza no podrán formar parte de los sindicatos. Cuando los trabajadores sindicalizados desempeñen un puesto de confianza, quedarán en suspenso todas sus obligaciones y derechos sindicales. Ley Federal del Trabajo. Artículo 133. Queda prohibido a los patrones: Fracción IV. Obligar a los trabajadores por coacción o por cualquier otro medio, a afiliarse o retirarse del sindicato o agrupación a que pertenezcan, o a que voten por determinada candidatura; Fracción V. Intervenir en cualquier forma en el régimen interno del sindicato. Sin embargo, los Estatutos del S.N.T.E. consideran lo siguiente: Estatutos de Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación. Artículo 11. Son miembros del Sindicato los trabajadores de la educación de base, permanentes, interinos y transitorios, que contribuyan económicamente al sostenimiento del Sindicato y los pensionados o jubilados comprendidos en el Artículo 2 del presente estatuto. Artículo 2. Integran el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación, trabajadores de base, permanentes, interinos y transitorios al servicio de la educación, dependientes de la Secretaría de Educación Pública, de los gobiernos de los Estados, de los municipios, de empresas del sector privado, de los organismos descentralizados y desconcentrados, así como los jubilados y pensionados del servicio educativo de las entidades citadas. Es precisamente por esto, porque los Estatutos del SNTE no son perfectamente claros respecto de los Trabajadores de confianza por lo que se suscita la “controversia” de si deben o no intervenir en asambleas. Para mi no hay controversia. Las leyes están por encima de los Estatutos, reglamentos y acuerdos, y la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos está por encima de todos. La Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado tipifica claramente a los trabajadores de confianza, existe pues una razón legal y además sobran razones practicas para limitar la ingerencia de dichos trabajadores en los asuntos del Sindicato (asambleas, conformación de Comités, elección de Delegados, etc.), claro, sin que por ello pierdan su calidad de miembros de la Delegación. Depende entonces de cada Comité Ejecutivo Delegacional o de la propia Delegación el “consentir” que dichos trabajadores participen activamente en el sindicato, aunque por Ley no deberían hacerlo. Por esta “controversia” el Sindicato pierde fuerza, identidad, y por lo tanto efectividad. Imagina lector(a) a Elba Esther Gordillo siendo jefa de algún departamento en la SEP, o a Josefina Vázquez Mota perteneciendo al colegiado ocupando una cartera de SNTE. ¡Cómo pues! Lo que debe hacerse es separar en los hechos las funciones y atribuciones de ambos cuerpos. Es cierto que las dos instancias deben ir hacia el mismo lugar, pero cada quién por su camino. Por si lo anterior no fuera suficiente, para reafirmarlo está lo siguiente… ARTICULO 13o. De conformidad con lo dispuesto por las Normas que regulan las Condiciones Específicas de Trabajo del Personal no Docente de las Escuelas del Subsistema de Educación Normal, serán considerados como trabajadores de confianza los que realicen las funciones señaladas en el Artículo 5o de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado. *********** Artículo 24. Los trabajadores No docentes del I.P.N. se clasifican en: I.Trabajadores de confianza, y II.Trabajadores de base. Artículo 25. Son trabajadores de confianza, todos aquellos a los que refiere el Artículo 5o. de la Ley, y los consignados como tales, en el catálogo de puestos autorizados para el I.P.N. ************ CLÁUSULA 10 UAS. Universidad Autónoma de Sinaloa PERSONAL DE CONFIANZA Son trabajadores de confianza, los que enunciativamente se señalan a continuación: I.- Rector, Secretario General, Director General de Servicios Escolares, Tesorero, los Coordinadores o Directores de Escuelas, Facultades, Institutos o Centros de Estudios; los Jefes de Departamentos o de Enseñanza y/o de Investigación; los Coordinadores o Secretarios Académicos o Administrativos de las Escuelas, Facultades, Institutos o Centros Académicos; así como los Jefes de Turno o de Carrera y los Coordinadores de Especialidad. Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del Personal de la Secretaría de Educación (Chiapas). TRABAJADORES DE BASE Y TRABAJADORES DE CONFIANZA. ARTÍCULO 4°.- DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 6°. DE LA LEY DEL SERVICIO CIVIL DEL ESTADO Y LOS MUNICIPIOS DE CHIAPAS, SERÁN CONSIDERADOS TRABAJADORES DE CONFIANZA LOS QUE DESEMPEÑEN LOS PUESTOS SIGUIENTES: A)….J).- DIRECTORES DE ESCUELAS DE EDUCACIÓN SECUNDARIA, TELESECUNDARIA, MEDIA Y SUPERIOR. K).- SUBDIRECTORES DE ESCUELAS DE EDUCACIÓN BÁSICA, MEDIA Y SUPERIOR. L).- JEFES DE DEPARTAMENTO, JEFES DE DIVISIÓN Y COORDINADORES DE ESCUELAS DE EDUCACIÓN MEDIA Y SUPERIOR. *************** CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO 2003 Que celebran por una parte la UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE NUEVO LEÓN y el SNTE CAPÍTULO IV CLASIFICACIÓN DE LOS TRABAJADORESCláusula 40.- Por la naturaleza de las funciones y la duración de las relaciones de trabajo, los trabajadores se clasifican en: a) De confianza; b) De base, y; c) Eventuales. Cláusula 41.- Son trabajadores de confianza los que ejerzan funciones de dirección, inspección, administración, vigilancia y fiscalización, cuando tengan carácter general, en los términos del Artículo 9o. de la Ley Federal del Trabajo. En la Universidad son trabajadores de confianza: a) El Rector; b) El Secretario General; c) El Contralor General; d) El Tesorero General; e) El Auditor General; f) Los tesoreros de las dependencias universitarias; g) Los directores de Facultades, Escuelas e Institutos; h) Los subdirectores de Facultades, Escuelas e Institutos; i) Los secretarios de Facultades, Escuelas e Institutos. j) Los jefes o directores de departamento; k) Los coordinadores académicos; … ************* Universidad Autonoma de Campeche. TRABAJADORES DE CONFIANZA: Aquellos que realicen funciones de dirección, Inspección, vigilancia y fiscalización de carácter general y todos aquellos que la Ley Federal del Trabajo, señale como tales. La categoría de los trabajadores de confianza dependerá de la naturaleza de las funciones desempeñadas y no de la denominación que se le dé al puesto. ******** Artículo 1º. Este Reglamento fija las condiciones interiores de trabajo del personal no docente y, regula las relaciones laborales entre éste y las autoridades de los Institutos Tecnológicos, para quienes será obligatoria su observancia. Norma también las relaciones de dicho personal respecto a las modalidades derivadas del establecimiento de los nuevos tabuladores y sus consiguientes categorías y niveles. Artículo 14. De conformidad con lo dispuesto por el Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo del Personal de la Secretaría de Educación Pública, serán considerados como Trabajadores de confianza los que desempeñan los siguientes puestos: El Director General del Sistema de Institutos Tecnológicos. Los Directores y Subdirectores de área de la Dirección General de Institutos Tecnológicos. Jefes de División y de Departamento de la Dirección General de Institutos Tecnológicos. Todo el personal no docente de servicio, administrativo, analista y especialista al servicio de los funcionarios anteriores. Directores y Subdirectores del Sistema de Institutos Tecnológicos. Jefes de División, Departamento y Centros de los Institutos Tecnológicos. Los trabajadores que tengan nombramiento de Secretario Particular o Privado del Director General, Secretario Auxiliar, Secretario Particular, Directores de Area. Supervisores de la Dirección General de Institutos Tecnológicos. Cajeros y Contralores. Pagadores y Gestores. Todo el personal no docente de nacionalidad extranjera. ************* Decreto Presidencial de fecha 9 de septiembre de 1971, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 del mismo mes y año, se creó el Consejo Nacional de Fomento Educativo (CONAFE) como un organismo descentralizado de interés público, con personalidad jurídica y patrimonio propios, con el objeto de allegarse recursos complementarios, económicos y técnicos, nacionales o extranjeros para aplicarlo al mejor desarrollo de la educación en el país; ARTICULO DECIMOSEGUNDO.- Serán considerados trabajadores de confianza los miembros de la Junta Directiva, el Director General, los Directores, Subdirectores, Delegados, Auditor Interno, Jefes de Departamentos, Subjefes, así como los que por el carácter de sus funciones, desempeñen actos de administración, vigilancia y supervisión. ¡ASÍ, O MÁS! ¿TE QUEDA ALGUNA DUDA ACERCA DE QUIENES SON LOS TRABAJADORES DE CONFIANZA? De toda esta investigación me queda perfectamente claro que los trabajadores de confianza en un CBTis o escuela similar son: DIRECTOR, SUBDIRECTOR y JEFES DE DEPARTAMENTO. Lo anterior debe significar que el Director, Subdirector y Jefes de Departamento, se abstengan de intervenir en asambleas sindicales. Claro, esto no depende de ellos, depende del Secretario General de la Delegación o de la base trabajadora si es que quieren hacer respetar la Ley. Sé de un plantel en donde no se les permite entrar a ninguna asamblea ni al Director ni al Subdirector. Los Jefes de Departamento pueden entrar a la reunión pero no tienen derecho a voz ni a voto. © Ing. I. Guerrero Z. “Defiende tus derechos y cumple con tus obligaciones” También puedes leerme en: http://iguerrero.wordpress.com
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¿Tienen derecho a voz y voto en asambleas los trabajadores interinos? El pasado 3 marzo de 2008 elegimos Delegado al próximo congreso seccional a celebrarse en Guadalajara, Jalisco los días 7 y 8 de los corrientes, para que a su vez el “elegido” elija al nuevo Comité Ejecutivo Seccional en el Estado (Sección 16). Iniciada la asamblea uno de mis compañeros preguntó acerca de la presencia en dicha reunión de trabajadores que actualmente cubren interinatos ¿es legal? cuestionó. Enseguida participé preguntando acerca de la presencia del director, subdirector y jefes de departamento en dicha asamblea dado que la Ley los contempla como trabajadores de confianza ¿es legal? cuestioné.
En ambos casos el Presidente de Presidium -una persona comisionada por la Sección 16- dijo que SI podrían participar con voz y voto ambos grupos de personas, tanto los trabajadores interinos como los trabajadores de confianza. Esto me llevó a lo siguiente… A partir de esta fecha crearé una sección que titularé “Disposiciones Legales” en donde escribiré acerca de lo que dicen las leyes en diferentes aspectos laborales. Buscaré siempre aclarar al trabajador sus derechos pero igual hablaré de sus obligaciones. Todo lo que escribiré estará sustentado en las leyes vigentes. Hoy empezaré por los dos cuestionamientos hechos al Presidente del Presidium. 1. ¿Pueden tener voz y voto en una asamblea los trabajadores interinos? Los estatutos del SNTE dicen: Estatutos de Sindicato Nacional de Trabajadores de la Educación. Artículo 11. Son miembros del Sindicato los trabajadores de la educación de base, permanentes, interinos y transitorios, que contribuyan económicamente al sostenimiento del Sindicato y los pensionados o jubilados comprendidos en el Artículo 2 del presente estatuto. La pregunta es: ¿contribuyen económicamente al sostenimiento del Sindicato los trabajadores interinos?… La respuesta es: Solo algunos. En el momento en que un trabajador interino recibe su primer pago, efectivamente contribuye al sindicato, mientras tanto, sujetándonos estrictamente a lo que dicen los Estatutos del SNTE, NO. Mientras su interinato está en trámite, legalmente no son personas que contribuyan económicamente al Sindicato. Por esta razón LEGAL los trabajadores interinos –en tanto llega su salario- no deberían hacer acto de presencia en asambleas, mucho menos tener voz y voto. Pero quiero ir más allá…¿A quién conviene que los trabajadores interinos hagan acto de presencia en la asamblea y tengan voz y voto? Sin duda le conviene a la parte oficial y esto desde luego que lo sabe el Sindicato. Por lo tanto, si quienes nos representan en el SNTE se inclinan hacia la presencia y participación de los trabajadores interinos es porque quieren favorecer a la parte oficial. ¡Caray! Es lamentable discutir en una escuela con las autoridades oficiales -locales estatales y nacionales- por defender un derecho (porque no debería ser y menos en el sistema educativo), pero es peor todavía discutir con el Sindicato, el cual se supone está para revisar minuciosamente la Ley, respetarla y hacerla respetar, defender nuestros derechos y evitar la ingerencia de quienes por Ley no deben hacerlo. No tengo nada en contra de los trabajadores interinos, ellos tienen el derecho de estar en la escuela y de participar en ella de acuerdo a sus obligaciones legales, pero me parece que el participar en las asambleas es una atribución que no les corresponde legalmente, sino hasta que reciban su primer pago, pero además por lo siguiente… Los trabajadores interinos son susceptibles de manipularse por las administraciones locales, eso lo saben los dirigentes del SNTE e igual lo saben los directivos de una escuela. Por mucho que el voto sea secreto, existe una tendencia natural del trabajador interino por “agradecerle” a la parte oficial el favor de su estancia en el plantel ¿cómo? votando por quién le diga el director. Por lo anterior y fundamentado además en los Estatutos del SNTE, considero que los trabajadores interinos no deberían hacer acto de presencia en ninguna asamblea, mucho menos tener voz y voto, hasta que se cumpla al cien por ciento con lo estipulado en el artículo no. 11. Esto por una parte, pero todavía me falta escribir acerca de los trabajadores de confianza, lo cual haré en próxima ocasión. © Ing. I. Guerrero Z. “Defiende tus derechos y cumple tus obligaciones” También puedes leerme en: http://iguerrero.wordpress.com
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Mi nombre es Álvaro Álvarez Aranda y quiero contarles una breve historia de cómo me involucré en el Mantenimiento de los generadores eléctricos. En 1992 estábamos en las instalaciones de una central eléctrica en proceso de capacitación. En la central había personal de muchas partes, entre ellos Norte-americanos de la Westinghouse. En la unidad 1 de la central el generador ya estaba armado y se había puesto por primera vez el sistema de lubricación y los ingenieros necesitaban saber si había entrado aceite al interior del generador y la única manera de averiguarlo era inspeccionando su interior por un registro pequeño.
El ingeniero americano intento muchas veces entrar pero no pudo, no cabía, entonces me llevaron con él, soy de complexión delgada, me dio instrucciones de lo que debía revisar y no tuve ningún problema en entrar, desde esa fecha he realizado las inspecciones a todos los generadores de la central en cada mantenimiento. Actualmente estamos dando mantenimiento a la unidad 3 de una central eléctrica, las unidades están programadas para darles mantenimiento una vez al año. La unidad comprende tres equipos principales que son caldera, turbina y generador, con sus equipos auxiliares, el mantenimiento al generador eléctrico se programa como revisión anual y mantenimiento mayor. La revisión anual tiene una duración de 30 días y el mantenimiento mayor de 45 días. Se realiza mantenimiento mayor cada 4 años el cual comprende sacar el rotor del estator, las maniobras son grandes y a los rotores de las unidades 3 y 4 son de 42 toneladas de peso, y se tienen que tratar con muchísimo cuidado… El día 21 de este mes se inició el mantenimiento a la unidad 3 revisión anual, sin embargo se tuvo que sacar el rotor para realizar una inspección interna en sus cabezales por problemas de diseño. Voy a mandarles un poco de teoría que he recibido de capacitación sobre generadores. GENERALIDADES. El generador de C.A., o alternador, es el medio más importante para la producción de energía eléctrica en la actualidad. Como se sabe la corriente alterna se utiliza para la mayor parte de las aplicaciones de potencia debido a la facilidad con que puede ser transformada. Los alternadores requieren para su operación, de la acción de una bobina cortando líneas de fuerza dentro de un campo magnético o de un campo magnético cruzado a través de la bobina, siempre que exista un movimiento relativo entre la bobina y el campo se generará un voltaje. PRINCIPIOS DE OPERACIÓN. El principio de operación de los alternadores se basa en la aplicación de las siguientes leyes: 1.- Ley Faraday o de inducción 2.- Ley de Lenz. 3.- Ley de Ampere. 4.- Ley de Biot-Savart. © Álvaro Álvarez Aranda.
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TEMA 37. ¿Cómo conectar una regadera eléctrica? Han sido ya varias personas las que me han preguntado acerca de cómo conectar una regadera (ducha) eléctrica, en atención a ellas y a quienes pudieran tener la misma duda escribiré al respecto. A últimas fechas esta forma de obtener agua caliente ha cobrado cierto auge. En lo personal a mi no me gusta por dos razones. La primera es por el gasto excesivo de energía y la segunda porque cierta ocasión que probé una no me convenció del todo ya que aunque tenía un switch de dos posiciones -para agua tibia y agua caliente-, en las dos solo obtuve agua moderadamente tibia, y eso que estaba en un lugar en donde no hacía mucho frío, entonces pensé: este aparato colocado en un lugar de clima frío quien sabe si serviría. Pero claro, lo que me sucedió a mi no significa que deba pasarle a todo el mundo. Se que habrá mejores y peores regaderas eléctricas, y espero que tú que lees este artículo compres, o hayas comprado una de buena calidad.
Por lo general este tipo de aparatos consume mucha energía, por ahí de los 3500 a los 5000 Watts, o más inclusive. Quizá este dato no te diga mucho, pero si te menciono que estas cantidades son las que puede consumir la carga eléctrica TOTAL conectada en una vivienda promedio, tal vez exclames ¡Ah caray! Por lo tanto, si tenías una carga total de 4000 Watts en tu casa, con solo agregar este pequeño aparatito para calentar el agua que recorre tu santo cuerpo la duplicarás. Quizá esto tampoco te diga mucho, mejor espera a ver el recibo de la luz. Peor aún, si haces un uso irracional de la regadera, en menos que canta un gallo ronco terminarás por quitarla, y tal vez acabes maldiciendo a quienes te la vendieron o te animaron a comprarla. ¡Caray!… esto ya parece un artículo en contra de dicho aparato. Y es que todavía no me convencen del todo por lo que dije, pero bueno… si haces un uso racional de ella, en realidad no significará gran desembolso económico para ti –igual seguirás gastando en refrescos dulces o amargos lo mismo que antes-, pero además –a favor de estos aparatos- si ya sabes que cuando la llave de la regadera esté abierta gastarás energía-dinero entonces seguramente la cerrarás en cuanto termines de quitarte la espuma del jabón -no la dejarás abierta como suele suceder mientras te jabonas otra vez-, lo que al final significará un menor gasto de agua, y eso está muy, pero muy bien, sobre todo en estos tiempos en donde el vital liquido empieza a escasear. También -otro punto a favor- está el aspecto práctico de estos aparatos ya que pueden quitarse y ponerse fácilmente, no hay punto de comparación en este aspecto con un boiler por mucho que sea de los llamados “de paso”. Ok´. Con todo lo anterior ya tienes un mejor panorama si es que quieres comprar una, pero si ya la tienes olvídate de todo lo anterior y atiende al diagrama que coloqué al principio. Simplemente conéctala a su propio interruptor termomagnético (por lo general de 30 Amperes -o mayor-, en la misma regadera se especifican las capacidades tanto del interruptor como del conductor eléctrico que debe alimentarla) sea que éste, esté ubicado dentro de la caja principal de interruptores, o en su propia caja. Si no quieres mayores disturbios en tu instalación eléctrica conecta el interruptor directamente a los cables de la acometida o bien haz un “puente” del que ya tengas -como en el esquema-. La conexión es bastante simple. Dos alambres o cables (si no te lo indican, utiliza como mínimo calibre no. 12 AWG o de preferencia cal. 10 AWG) que parten del interruptor, llegan hasta la regadera eléctrica y se conectan a dos de los tres conductores que tiene.
El cable verde es de tierra y es un cable de seguridad, por lo que debes conectarlo –según la norma oficial- a un electrodo de tierra (cómpralo en la ferretería o en la tienda de artículos eléctricos, las instrucciones para colocarlo se dan junto con él), pero igual puedes conectarlo a la tubería (metálica de cobre) principal de agua que alimenta tu casa (no de gas), o bien puedes hacerlo en cualquiera de las varillas de uno de los castillos de tu casa, procurando en todos los casos que exista una excelente unión. En lo personal te recomiendo que compres un electrodo de tierra. Importante. Hacer una instalación a tierra requiere conocer y respetar varias cosas, no es tan simple como parece, por lo que si no sabes hacerla más vale que contrates a un electricista. He visto que algunas personas simplemente ponen un clavo en la pared del baño cerca de la regadera y ahí conectan el cable de tierra. Esto desde luego que está mal, aunque es posible que jamás suceda nada porque no llegue a fallar la regadera, pero de cualquier manera es más seguro hacer una instalación a tierra, atendiendo las instrucciones del fabricante del electrodo. Bajo ninguna circunstancia cambies la conexión de los cables (el neutro a tierra y la tierra al neutro), tampoco hagas experimentos intentando conectar el cable de tierra al neutro o viceversa. Una muy amplia explicación respecto de los sistemas de tierras la encuentras aquí © Ing. I. Guerrero. Nota. La marca de fábrica de las regaderas mostradas aquí, no tiene nada que ver con este post. Es simplemente que busqué algunas imágenes en internet para mostrarlas y fueron las que encontré. Por lo tanto, no estoy ni promocionado su uso, ni comentando nada en su contra. También puedes leerme es: http://iguerrero.wordpress.com
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TEMA 36. Carga en V-A (Volts-Amperes) para alumbrado en Instalaciones Eléctricas. Definir cuantos Watts por metro cuadrado son necesarios para alumbrado en una instalación eléctrica, puede resultarte complicado por varias razones. En primer lugar está el tipo de espacio a iluminar, ¿Qué uso tendrá? Luego está el número de luminarias a colocar, después está el tipo de lámpara a elegir, etc, son varios los aspectos a considerar. A pesar de lo anterior, existen algunas tablas que permiten tener una “idea” de la cantidad de Volts-Amperes (VA, “Watts sin considerar factor de potencia”) a utilizarse para obtener un nivel de iluminación “más o menos” acorde a una necesidad especifica. Por ejemplo la NOM-001-SEDE-2005 consigna lo siguiente. 
Cabe mencionar que estos niveles consideran tomas de corriente incluidas en los espacios a alumbrar. Por otra parte existe otra norma oficial NOM-007-ENER-1995 que señala lo siguiente… 
Aunque esta última no incluye contactos, solo alumbrado. Puede utilizarse cualquiera de las dos tablas, no se contraponen, y aunque se supone que la NOM-001-SEDE-2005 es más reciente, de cualquier forma la otra aun está vigente. Ahora bien, ¿Cómo se hace el cálculo? Supongamos que tenemos un local comercial de 10×20 metros, es el mismo procedimiento si fuera de 80×140 metros. De la tabla 220-3.b elegimos “tiendas”. El nivel de iluminación requerido es de 30 VA/mt2, por lo tanto: ((10)(20)m2)(30 VA/m2)=6,000 VA. El resultado anterior quiere decir que en todo el espacio del local comercial deben existir por lo menos 6,000 VA. Ahora bien, si consideramos que en dicho espacio debe haber lámparas y contactos entonces solo es cuestión de “acomodar” esta cifra. Por ejemplo podríamos tener 15 contactos de 180 VA cada uno, que sumarían 2,700 VA, y los restantes 3,300 VA en iluminación por ejemplo 33 focos de 100 Watts. En realidad todo dependería de las necesidades que se tuvieran concretamente en el lugar. Por otra parte la Tabla 1 de la NOM-007-ENER-1995 indica 19 Watts por metro cuadrado para iluminación interior en comercios, por lo que resultaría: ((10)(20)m2)(19 VA/m2)=3,800 Watts, para iluminación, o sea un promedio de 38 focos de 100 Watts iluminando el local. Como puedes ver, el cálculo es simple, solo se limita a una multiplicación y “acomodo” del resultado de acuerdo a las necesidades que se tengan. Pero, pero, pero… una cosa es la teoría y otra la práctica, ya que los resultados de las operaciones te muestran solo los mínimos necesarios de iluminación requerida, considerando lámparas incandescentes o fluorescentes comunes, pero si colocas lámparas ahorradoras (que a últimas fechas están teniendo auge) es otro asunto, ya que con el mismo nivel de iluminación podrías reducir a la mitad -o menos- el consumo de energía eléctrica por este concepto, de tal forma que ya no concuerde con el cálculo previo, por lo tanto las tablas en este caso te dan solo una idea, todo dependerá de la instalación que tengas que desarrollar y de cual sea tu decisión al respecto, y casi siempre este es el problema: tomar la decisión correcta. Ing. I. Guerrero Z. También puedes leerme en: http://iguerrero.wordpress.com
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TEMA 35. ¿Qué es un Diagrama de Conexiones? Son similares a los diagramas unifilares, solo que en este caso en los esquemas siempre se hace referencia a las fases a las cuales estarán conectados todos los circuitos.
Pueden incluir símbolos de interruptores termomagnéticos indicando su capacidad de protección para los circuitos que protegen. Los Diagramas de Conexiones son el complemento ideal para los diagramas unifilares, con ambos esquemas los electricistas que “leen” un plano pueden saber fácilmente como se distribuye la energía eléctrica al interior de una residencia o comercio. En la figura puedes observar que el Neutro pasa limpiamente hacia el interior de la instalación eléctrica. Cuando se trata de instalaciones eléctricas monofásicas no aportan información por lo que se prescinde de ellos. No hay una Norma Oficial que regule su elaboración por lo que se deja a criterio del electricista la forma de realizarlos. Pueden hacerse en forma horizontal y/o vertical, también pueden incluir los lugares que alimentan cada una de las derivaciones conectadas a las fases. © Ing. I. Guerrero. También puedes leerme es: http://iguerrero.wordpress.com
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TEMA 21. Pendiente de la recta que se forma con dos puntos, conocidos ambos (Teoría y Práctica). Determinemos la pendiente del pasamanos de una escalera, aunque también podría ser la pendiente de la torre inclinada de pisa, o del monte everest. En Geometría Analítica la pendiente de una recta se determina conociendo las coordenadas de dos de sus puntos Tema 7, desde luego que hay más formas, pero en este caso nos aplicaremos a saber ¿cuáles son esos dos puntos?, ¿cómo determinarlos? y ¿cuál es la pendiente de la recta que los une?. Como dijo un alumno que no estaba muy contento con las matemáticas: ¿y de donde diablos voy a sacar dos malditos puntos si solo tengo el pasamanos? Bueno… -Le dije- es suficiente con que apliques un poco de tu ingenio -solo un poco-. En la imagen simplemente coloca el punto de origen de un sistema coordenado cartesiano en la base del pasamanos y de ahí traza los dos ejes del sistema. Luego pasa por el punto origen una recta que coincida con la superficie del pasamanos.
¿Y físicamente? En este caso hay varias soluciones. Se me ocurre que… 1. Puedes pegar dos tiras de cinta adhesiva de papel (Masking Tape) en la pared al inicio del pasamanos simulando los ejes X e Y, ambas deben ser perpendiculares entre si (90º entre sus ángulos). Después marca un punto del pasamanos y mide hacia el eje X y luego hacia el eje Y, con lo cual obtendrás las coordenadas del primer punto, enseguida haz lo mismo para otro punto. Lo demás son operaciones algebraicas y numéricas en tu cuaderno. 2. Puedes marcar la pared simulando los dos ejes utilizando para ello una cuerda impregnada de polvo de un color que contraste con el de la pared, la recta sería el pasamanos. En cualquier solución que apliques evita dañar la pared. También puedes utilizar un transportador para determinar el ángulo del pasamanos respecto del eje X y luego aplicas la fórmula m = tg α, o en su defecto puedes utilizar un instrumento llamado INCLINÓMETRO… o un GONIÓMETRO, etc. puede haber más soluciones. En fin, se que tienes ingenio para encontrar mejores soluciones que las que te propuse. En este caso, supongamos que los puntos que obtuviste tienen las siguientes coordenadas (20, 20) Cms. y (70, 70) Cms. Aplicamos la fórmula obtenida en el Tema 7, m = (y2-y1)/(x2-x1). Al sustituir los datos obtenemos:m = (70-20)/(70-20) = 50/50 = 1 Entonces la pendiente del pasamanos de la figura es 1. Pero vayamos más allá, ¿y el ángulo de inclinación (a) del pasamanos de cuantos grados es? Para ello aplicamos la fórmula: m = tg α; Despejando α queda… α = tg-1(1) = 45º ¡Fácil! ¿No crees? © Ing. I. Guerrero Z. También puedes leerme en: http://iguerrero.wordpress.com
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TEMA 20. Punto medio de la recta que se forma con dos puntos colocados en un sistema coordenado cartesiano. Igual que en el tema anterior, el problema de calcular el Punto Medio de una recta es bastante sencillo, así sea para una recta colocada en un sistema bidimensional. En este caso simplemente forma un triángulo rectángulo –igual que debes haberlo hecho en otras ocasiones- y proyecta los catetos hacia cada uno de los ejes. Veamos un ejemplo. Dos hormiguitas salen de su residencia (un agujero) y se disponen a tomar el Sol. Se colocan a unos cuantos centímetros de él, tal como se muestra en la figura. Una tercera hormiguita no quiere alejarse mucho de su “casa” y se acomoda exactamente en el punto medio de la recta que se forma con las otras dos. ¿Cuales son las coordenadas del dichoso lugar (Punto medio) en donde se colocó la última hormiguita?.
Evidentemente el agujero es el punto de referencia, por lo tanto ahí colocaremos nuestro punto de origen de un Sistema Coordenado Cartesiano. Proyectando los catetos del triángulo rectángulo que se forma hacia sus respectivos ejes simplemente calculamos el Punto Medio para cada caso. Aplicando la regla que establecimos en el tema anterior: X = (x1+x2)/2 = (-6+7)/2 = 1/2 = 0.5 Y = (y1+y2)/2 = (-5+8)/2 = 3/2 = 1.5 Entonces las coordenadas del Punto Medio son: P.m. (0.5, 1.5) Cms. ¿Complicado?… Bien, te dejo algunos ejercicios para que practiques solo por divertirte… Dos objetos están colocados en las siguientes coordenadas. P1(-2, 3); P2(6, 9) P1(2, -3); P2(4, 3) P1(-1, 6); P2(7, 3) P1(-6, 0); P2(2, 4) P1(0, 4); P2(2, 7) P1(8, 2); P2(2, 3) P1(0, 0); P2(4, 4) P1(-2, 2); P2(2, 2) P1(6, 4); P2(-6, 5) Únelos y encuentra en todos los casos el Punto Medio, aplicando las fórmulas utilizadas para resolver el problema de las hormiguitas. © Ing. I. Guerrero Z. también puedes leerme en: http://iguerrero.wordpress.com
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TEMA 19. Punto medio del segmento que se forma con dos puntos colocados en un sistema rectilíneo. Este es uno de los temas más simples de la Geometría Analítica, tan sencillo y tan lógico que puedes preguntarle a un bebe de un jardín de niños cuál es la mitad de una cuerda estirada -en forma semejante a una recta- y seguro que te indicará el punto medio. Sin embargo… ¡no hay de otra!, ¡veamóslo! Se trata de encontrar la mitad de una recta, así de fácil. Supón que tienes dos puntos en un sistema rectilíneo (una sola dimensión) y quieres encontrar el punto que está colocado exactamente a la mitad entre los dos. Este punto se llama Punto Medio. Veamos un “raro” ejemplo para no fomentar el aburrimiento. 
Sea una pareja de “enamorados” que tienen problemas y que están en el patio cívico de una escuela cada quién por su lado. El Uno está a 3 Mts. del asta de la bandera y la Otra está a 2 Mts. del asta en la dirección contraria. Una amiga de ambos que los estima por igual desea ayudarlos a resolver sus problemas, así que se coloca exactamente en el punto medio entre los dos y los llama para conversar. ¿Cuál es la coordenada del punto medio? ¡¡¡OBVIOOO!!! Seguro que contarás los segmentos y concluirás que el punto medio está exactamente entre el asta y el uno positivo, o dicho de otra manera el Punto Medio tiene la coordenada 0.5, o bien ½. Pero bueno… hagamos una regla que pueda servir tanto para este caso como para aquellos en donde sea muy lento contar “rayitas” o sea, en los que los puntos se encuentren más alejados uno del otro, te doy tres minutos para que la construyas… “Coordenada inicial más la Coordenada final, dividido entre 2″ Espero que no hayas exclamado como el Chapulín Colorado: “Lo sospeché desde un principio”. ¿Cuál es la Coordenada Inicial? La que quieras. ¿Y cuál es la coordenada final?, ¡obvio!, la otra. P.m. = (X1+X2)/2, sustituyendo datos quedaría: P.m. = (-2+3)/2, P.m. = ½ = 0.5 Por lo tanto la Coordenada del Punto Medio entre los “desenamorados” es: (0.5). ¡¡¡Ufff!!! Solo por practicar resuelve los siguientes ejercicios. En todos los casos encuentra la coordenada del Punto Medio. P1(-4); P2(8) P1(9); P2(0) P1(4); P2(-4) P1(-15); P2(18) P1(220); P2(4) P1(1/2); P2(7/2) P1(5); P2(8) P1(-1/4); P2(1/8) © Ing. I. Guerrero Z. También puedes leerme en: http://iguerrero.wordpress.com
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TEMA 18. Angulo de la recta que se forma al unir dos puntos dados. Vayamos directamente al grano. Resolvamos un problema. Te doy dos puntos, P1(2, 3); P2(5, 6) que pueden representar los lugares en donde están dos cosas, por ejemplo dos autos, dos personas, dos hormigas, etc. Ubícalos en un Sistema Coordenado Cartesiano y determina: 1). Ángulo respecto al eje de las X, de la recta que se forma al unir P1 y P2. 2). Distancia (c) entre ambos puntos. Solución.
1). Al colocar los puntos y unirlos mediante una recta resulta una gráfica como la de al lado, puedes prolongarla en sus extremos. Después –tal y como ya lo hemos hecho en otra ocasión- formamos un triángulo rectángulo. De inmediato podemos ver que se forma un ángulo θ (theta) entre la recta y el cateto adyacente (a). Nota. Recuerda que puedes utilizar las letras que quieras para designar a los catetos y a la hipotenusa del triángulo. Si no te gustan la a, b, y la c, utiliza otras, es perfectamente legal, puedes estar completamente seguro que no irá la policia de los escrúpulos matemáticos por tí (si tienes un profesor que te dice que siempre deben ser: a, b y c, y además en un orden específico, simplemente ignora sus palabras). A estas alturas debes saber –o recordar- que hay una identidad trigonométrica denominada tangente, la cual es igual al Cateto Opuesto (b) entre el Cateto Adyacente (a), matemáticamente: Tg θ = Cat.Op./Cat.Adyac. Pero el Cateto Opuesto (b) es exactamente igual a Y2-Y1, y el Cateto Adyacente (a) es exactamente igual a X2-X1, por lo tanto: Tg θ = (Y2-Y1)/(X2-X1) Entonces sustituyendo las coordenadas de los puntos quedaría: Tg θ = (6-3)/(5-2) = 3/3 = 1 Luego… θ = Tg-1(1) = 45º 2) Para el caso de la distancia aplicamos la fórmula ya conocida: d = √ (X2-X1)2+(Y2-Y1)2 d = √ (5-2)2+(6-3)2 d = √ (3)2+(3)2 d = √ (9+9) d = √ 18 d = 4.24 Pero vayamos más allá, ¿cuál es la ecuación de la recta que pasa por ambos puntos? Si m=tg θ, entonces m=1 Utilizando m y las coordenadas de un punto (utilicemos las coordenadas de P1), entonces: Y-Y1 = m(X-X1), Sustituyendo datos queda:Y-3=1(X-2); Y=X-2+3; Y=X+1 Entonces la ecuación de la recta que pasa por los puntos P1 y P2 es: Y=X+1 © Ing. I. Guerrero Z. También puedes leerme en: http://iguerrero.wordpress.com
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